Estos Principios están fundados en el entendimiento que la libertad de expresión y la igualdad son derechos fundacionales cuya realización es esencial para el disfrute y la protección de todos los derechos humanos. Asimismo, son derechos que se apoyan y se refuerzan mutuamente. Solamente cuando se tomen medidas coordinadas y centradas en promover la libertad de expresión así como la igualdad se podrá lograr la plena realización cualquiera de estos.
El pluralismo y la diversidad son características distintivas de la libertad de expresión. La realización del derecho a la libertad de expresión facilita un debate de interés público vibrante y multifacético que da voz a distintas perspectivas y puntos de vista. La desigualdad resulta en la exclusión de ciertas voces, socavando el debate. El derecho de toda persona a ser oída, a hablar y a participar en la vida política, artística y social es, a su vez, indispensable para la realización y el disfrute de la igualdad. Cuando a las personas se les niega la participación y una voz pública, sus asuntos, experiencias y preocupaciones se vuelven invisibles haciéndolas más vulnerables a la intolerancia, la discriminación y la marginalización.
Muy frecuentemente, se han interpretado los derechos a la libertad de expresión y la igualdad como si estuvieran en oposición uno contra otro o en una situación de conflicto directo, enfocándose en las posibilidades de tensión entre ellos. Los Principios reconocen la relación afirmativa entre la libertad de expresión y la igualdad, identificando la contribución complementaria y esencial que hacen a la garantía y salvaguarda de la dignidad humana, y al hecho de que su compatibilidad es fundamental en la indivisibilidad y la universalidad de los derechos humanos. Al ser acatados y respaldados facilitan y refuerzan el respeto por los derechos humanos para todos.
Los Principios también afirman que el respeto a la libertad de expresión y la igualdad juega un papel decisivo en asegurar la democracia y el desarrollo humano sostenible y para promover la paz y seguridad internacionales. Las medidas de seguridad, especialmente en las áreas de contraterrorismo e inmigración, han socavado los derechos individuales, ocasionando restricciones ilegítimas a la libertad de expresión y la estigmatización de ciertos grupos étnicos y religiosos. Los Principios rechazan el criterio que la seguridad requiere que se transijan los derechos humanos. Más bien, afirman que el respeto por los derechos humanos es central para lograr una seguridad verdadera.
Los Principios ponen en relieve las obligaciones de los Estados de tomar medidas positivas para promover la diversidad y el pluralismo, para promover el acceso equitativo a los recursos de la comunicación y de garantizar el derecho de acceso a la información. Afirman la obligación positiva del Estado en la creación de un ambiente habilitante para la libertad de expresión y la igualdad, al mismo tiempo que reconocen que esto conlleva la posibilidad de abuso. Las estructuras democráticas fuertes – que incluyen elecciones libres y justas, un poder judicial independiente y una sociedad civil vigorosa – son necesarias para prevenir el abuso y para lograr más plenamente los objetivos del pluralismo y del acceso equitativo. Si bien el Estado juega un papel crucial en este contexto, la auto-regulación, cuando es efectiva, sigue siendo la vía más apropiada para atender los temas laborales relacionados con los medios de comunicación.
Los Principios reconocen la importancia de los medios y de otros recursos de la comunicación pública en su papel de facilitar la expresión libre y de posibilitar la realización de la igualdad, al asegurar el acceso equitativo. Los medios de comunicación tradicionales siguen jugando un papel importante a nivel global, pero están pasando por una transformación significativa. Las nuevas tecnologías–entre ellas las emisiones digitales, la telefonía móvil y el Internet–incrementan enormemente la diseminación de la información y posibilitan nuevas formas de comunicación, como la blogosfera. Al mismo tiempo, en muchos sectores de los medios de comunicación el acceso, especialmente para los grupos minoritarios, y la genuina diversidad se encuentran amenazados por la creciente concentración de la propiedad de los medios y otros retos del mercado, incluso los fracasos del mercado.
Estos cambios conllevan oportunidades así como retos para el pluralismo y el interés público. Hacen falta marcos políticos y regulatorios efectivos que protejan el pluralismo y la diversidad, pero éstos tienen que basarse en un amplio diálogo social que estimule nuevos debates sobre el papel de los medios de comunicación en la sociedad y que cuente con la participación de partes interesadas de diversas comunidades así como de representantes de los medios, de las autoridades públicas, del gobierno y de la sociedad civil.
Los Principios se basan en una noción amplia de la igualdad, la cual incluye los derechos a la igualdad ante la ley y a la no discriminación, así como el concepto del tratamiento y el estatus substantivamente equitativos. Reconocen que los problemas de la discriminación y el uso de estereotipos negativos son fenómenos socioeconómicos y políticos profundamente arraigados. Su erradicación requiere esfuerzos sostenidos y de gran alcance, incluso en las áreas de educación, diálogo social y concientización. Limitar el debate sobre asuntos contenciosos, incluso la religión, no abordará las raíces sociales que son la base de los prejuicios que socavan la igualdad. En muchos contextos, las restricciones a la libertad de expresión apuntan a los grupos desfavorecidos y estas restricciones socavan en vez de promover la igualdad. En lugar de poner restricciones, es imprescindible permitir el debate abierto para poder combatir los estereotipos individuales y grupales negativos y para exponer el daño engendrado por la discriminación.
Sin embargo, los Principios reconocen que cierto discurso, como la incitación intencional al odio racial, es tan dañino a la igualdad que deberá ser prohibido. Las reglas que prohíben tal discurso deberán ser estrechamente definidas para prevenir cualquier abuso de las restricciones, incluso por razones de oportunismo político. Se deberán tomar medidas efectivas para asegurar que dichas reglas se apliquen equitativamente para el beneficio de todos los grupos protegidos. A este respecto, es importante adoptar un planteamiento caso por caso que tome en cuenta el contexto y los patrones de vulnerabilidad, especialmente de parte de las autoridades judiciales. Dichas reglas se deberán usar únicamente para proteger a los individuos y a los grupos. No se deberá invocarlas para proteger creencias, ideologías o religiones particulares.
Finalmente, los Principios reconocen que la libertad de expresión e igualdad propician el crecimiento y empuje del trabajo de las organizaciones de la sociedad civil, las cuales en su momento, visibilizan y dan voz a grupos en desventaja y en situación de vulnerabilidad impulsando así la protección de sus derechos.
Los Principios reafirman la visión destacada en el Preámbulo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos que todo individuo y todo órgano de la sociedad deberá esforzarse en promover el respeto por los derechos a la libertad de expresión y la igualdad y en asegurar su reconocimiento y acatamiento universal y efectivo.
The Camden principles are available in: Arabic, English, Spanish, French, Indonesian, Portuguese, Russian, Swahili